FRANCISCO VERGARA

Arrestado el 15 de mayo de 1636 en el Perú, un extenso expediente levantó el Tribunal de Lima contra FRANCISCO VERGARA acusado de judío, oriundo de la Villa de Estela, importante judería. Su madre era hija de Diego de Ovalle, de origen hebraico. Comerciante, su tráfico se desenvuelve entre Nombre de Dios, Chagres y Panamá con la colaboración de numerosos lusitanos. Los testigos deponen en su contra. Algunas citas de los testimonios:

“... guardaba la ley de Moisés, y el sábado por fiesta de ella... poniéndose ropa limpia en persona mesa y cama, comiendo tocino las menos veces que podía y pescado sin escamas, haciendo algunos ayunos”.[1]

“...Ytem, dixo que sabe vio y oyo cierta persona... tubo amistad en esta dicha ciudad y en Panamá con un cierto hombre natural del reyno de Navarra a quien pregunto si conocia al dicho Francisco de Vergara, y a un cierto su conjunto...

y le respondió:

“Si les conosco, que son de Navarra y a lo que Francisco de Vergara y su dicho con junto me han dicho que son naturales de tal lugar que es rico y tiene tratos y contratos.

No ay cincuenta cassas que no sean moriscos o judios. Y que es la verdad y no lo dice por odio”[2]

De sus frecuentes escalas en el Istmo, una queda evidenciada en el expediente inquisitorial. Se trata del camino transístmico colonial como se aprecia en el siguiente pasaje:

“...Y que a lo de los bracos que decia cierto preso que se acordase de aquella persona que se avia adelantado con el desde Chagres a Panamá; y que cada uno descargase su conciencia y viviese la fe de cristiano ...”[3]

Las alusiones a este tránsito se repiten una y otra vez en los documentos lo cual permite colegir que Francisco de Vergara conocía muy bien la importancia de Panamá como sitio estratégico para llevar a efecto las transacciones mercantil es, tan en boga en Portobelo, puerto de ferias y centro distribuidor de las mercancías hacia los puertos sudamericanos.

Constantes referencias a Panamá se aprecian en las declaraciones del testigo deponente Juan Orozco. De gran interés por su contenido, las inserto a continuación.

 

Declaración de Juan de Orozco Etayo

En la ciudad de los Reyes, savado a diez y siete días del mes de julio de mil seiscientos y treinta y ocho años, el señor inquisidor Don Antonio de Castro y del Castillo estando en su audiencia de la tarde, mando traer de la casa del alcayde a un hombre que está allí presso, y el cual siendo presente fué recivido juramento en forma de derecho y prometio de decir verdad, y dixo llamarse Joan de Orosco Etayo natural de la ciudad de Estela (sic) de Navarra y de edad de treinta y siete años.

Preguntado quanto ha que conoce a Francisco de Vergara y como ha sido el conocimiento, dixo que le conoce desde el año de veinte y cuatro en Panamá donde llegó de Cartaxena y estubo en Panamá dos o tres meses. Y luego se embarcó para esta ciudad, y este declarante quedó en Panamá donde estubo hasta fin del año de treinta y quatro. Y en este medio tiempo sabe y vio que hiço el dicho Francisco de Vergara desde Panamá a esta ciudad, los viajes siguientes: el año de veinte y cinco baxo de esta ciudad a los valles y empleó un arinas y açucar y lo llebó a Panamá, y allí lo vendió y passo a Cartaxena y bolbio con algunos negrillos que traxo a esta ciudad fin del año de veinte y cinco, y bolbio a Panamá la Armada de seiscientos y veinte y seis, donde, y en Cartaxena se entretubo haciendo algunos viajes con negros ropas hasta que el año de treinta y dos por noviembre se embarcó en el puerto de Perico en una fragata con partida de negros y vino a esta ciudad por las carnestolendas de treinta y tres y se casso por Abril. Y en la Armada de aquel año de seiscientos y treinta y tres baxo en la capitana a Panamá, y llegaron a la dicha ciudad bíspera de San Antonio de Padua, treze de junio, donde este declarante estaba, y le tubo cassa prevenida porque desde las yslas del Rey le escribio se le previniese; y llegado se ospedó en la cassa que este le tenía prevenida. Y aviendo baxado a Puerto Velo y hecho su empleo se bolbió a embarcar para esta ciudad por Noviembre del dicho año de seiscientos y treinta y tres y llegó a esta ciudad por henero de seiscientos y treinta y quatro donde ha estado hasta que le prendieron sin bolber a viajar ni salir deste ciudad. Sabela este declarante, porque han tenido compañía en el trato de los negros y quando el dicho Francisco de Vergara se embarcó por el año de treinta y tres (su postrer viaje), este declarante se quedó en Panamá travada ya la compañía y que le remitiría plata para emplear, y se la remitió deste esta ciudad en la armada de treinta y quatro para pagas y empleo, ...y se embarcó para esta ciudad a veinte y tres de diciembre del dicho año de treinta y quatro, y llegó a esta ciudad a honce de febrero de seiscientos y treinta y cinco donde halló al dicho Francisco de Vergara y se hospedó en su casa donde estubo hasta que se passo a donde estaban los negros. Lo cual es la verdad debaxo del juramento ffecho y siendole leydo dixo estar bien escripto y lo firmó. Y que parecerá por los registros la plata que el dicho Francisco de Vergara ynvio a este ansi en la capitana como en la Almirante del dicho año de treinta y quatro y par la carta quenta que este declarante tiene entre sus papeles que estara en este Santo Oficio donde se puede ver y que no lo ha dicho por odio. Y lo firmó: Juan de Orozco Hetayo. Pasó ante mí. Pedro de Quirós Arguello secretario. Fols. 118-119.[4]

La Inquisición falló la causa a favor del procesado. En efecto, fue liberado de toda culpa y se le restauraron sus bienes mediante fallo del 18 de enero de 1640.

Fue uno de los casos en que la autoridad del Santo Oficio hacía justicia sobreseyendo a falta de pruebas o de testimonios débiles que no comprometían seriamente al reo.

Francisco de Vergara el judío recibió sus propiedades y demás bienes en una decisión ecuánime de sus jueces.

El análisis de los documentos testimoniales relativos al caso de Francisco de Vergara ponen de manifiesto una vez más la importancia y el valor geográfico de la ruta del tráfico que hace del Istmo un punto neurálgico de la vida comercial y administrativa del orden imperial en las colonias hispanoamericanas.

Desde entonces Panamá será considerada tierra ideal para un camino transcontinental lo cual se cristalizará con el ferrocarril en el siglo XIX, el fallido intento del canal por los franceses y en el siglo actual la maravilla del canal norteamericano.

Los judaizantes comprenden igualmente este hecho desde el momento en que cifran el tramo Portobelo-Nombre de Dios-Panamá como punto nuclear de su intensa actividad mercantilista.

[1]      (La documentación reposa en el Archivo Histórico Nacional de Madrid. Sec­ ción Inquisición, Cartagena y Lima) (Microfilmación personal. A. Osorio O. Leg. 1648)

[2]      (A.H.N. Inquisición leg. 1648 No. 2 Proceso contra Francisco de Vergaro, Lima, 1636)

[3]      (A. H. N. Inquisición leg. 1648 No. 2 Lima, 1636)

[4]   (Idcm ut supra)